Por una digna elección para 2015

¿Es tan difícil organizar correctamente una elección de cargos y horas docentes?

Año tras año, al reencontrarnos en el lugar en el que se desarrolla la elección de horas, tras largos retrasos en relación al calendario por el que fuimos citados por el CES, después de ver que un solo funcionario administrativo debe, al mismo tiempo, asignar la fuente de trabajo a los docentes de dos departamentos, y que debe esperarse a que regrese una docente que ya estaba en su casa para corregirle una designación equivocada, surge la misma pregunta: ¿es posible organizar correctamente una elección de cargos y horas docentes?

Quienes integramos la Agrupación Liceos Populares – Julio Andreoli entendemos que es posible, pero requiere un trabajo racional y sostenido de planificación en un ámbito en el que tengan un rol protagónico los trabajadores docentes. Y ese ámbito es la Comisión Departamental de Elección de Horas. A mediados de mayo, fecha en la que ADES Montevideo tenía prevista la realización de una denuncia ante el Ministerio de Trabajo por este tema, se nos informó desde el Comité Ejecutivo de la FENAPES que el CES había accedido a la creación de la Comisión. Al 20 de junio, fecha de cierre de este número del boletín sindical, el ámbito no ha comenzado a funcionar. Se estaría realizando la primera reunión el miércoles 25 de junio en horas de la mañana. Al 20 de junio, casi la mitad de los docentes del país (Montevideo y Canelones) seguimos siendo excluidos (a diferencia de lo que ocurre en el resto del territorio) de la posibilidad de participar en la planificación y el monitoreo del acceso a nuestra fuente de trabajo.

Si el ámbito finalmente se formaliza, los militantes de nuestra Agrupación que trabajan en la Comisión de Asuntos Laborales de ADES Montevideo plantearán al resto de los compañeros la siguiente distribución de tiempos para cada etapa: presentación de méritos en julio; evaluación de los méritos en julio / agosto; publicación de ceses, traslados y listas en setiembre; reclamos en setiembre; elección de cargos y horas de octubre a diciembre; confección de los horarios de trabajo en febrero.

 

1. Respeto de todos los derechos laborales

Si alguien intenta evitar a un docente el usufructuo de alguno de los siguientes derechos, estará atentando contra la legislación laboral existente, lo cual ameritará la correspondiente denuncia ante los organismos correspondientes y la toma de medidas de lucha (paro, ocupación, etc.).

ñ        Derecho al trabajo: Los docentes (efectivos, interinos y suplentes) somos trabajadores (aunque Mujica considere que no), y tenemos, por lo tanto, derecho a tomar cargos y horas estando en uso de licencias por las causales comprendidas en el Estatuto del Funcionario Docente (EFD), al amparo de la legislación laboral y de la Constitución de la República.

ñ        Derecho a la maternidad: No sólo las compañeras que hacen uso de licencia maternal, sino también las que hacen uso de licencia no maternal por complicaciones en su embarazo, sean efectivas, interinas o suplentes, tienen plenos derechos para tomar cargos y horas.

ñ        Derecho a licencia por enfermedad: No pueden ser afectados de forma alguna los docentes (efectivos, interinos y suplentes) que se enfermen o sufran un accidente que les impida asistir al acto eleccionario y a los primeros días de clase.

ñ        Derecho a licencia especial: Los compañeros (efectivos, interinos y suplentes) que hacen uso de licencia, a modo de ejemplo, por paternidad, matrimonio o duelo, no pueden ser afectados en modo alguno.

 

2. Jerarquización del título docente

Se trata de un principio estatutario cuya aplicación debe exigirse con firmeza, especialmente en los siguientes casos:

A. Confección de listas: Actualmente existen listas en las que no titulados están antes que los titulados, cuando reglamentariamente no deberían siquiera integrar la misma lista (como en el caso del Espacio Curricular Abierto).

B. Concursos de efectividad: Se menosprecia el título docente cuando se aplica el antiestatutario criterio según el cual, para alcanzar la efectividad, los concursantes deben tomar al menos 8 horas de clase interinas. El EFD es claro al respecto. Basta consultar los Capítulos V (De los concursos) y VI (Del ingreso a la docencia), en especial el Artículo 26, según el cual, para el ejercicio de la docencia en efectividad, el ente requerirá, simplemente, el ingreso a los cargos “mediante concurso”. La efectividad debería lograrse tan solo con un grupo, sin importar la carga horaria del mismo.

C. Segunda ronda de egresados antes de la primera ronda de los no egresados: Nuestro sindicato exige un salario digno por la unidad docente de veinte horas. Hasta que ese reclamo no sea atendido, la jerarquización del título docente deberá implicar también el derecho a una segunda ronda (en las asignaturas en las que existan horas y atendiendo a los topes previstos) antes de la primera ronda de no egresados de un Centro de Formación Docente.

 

3. Coordinación del CES con Formación Docente

Las descargas que se generan al realizarse la elección de horas en Formación Docente generan gran parte de las vacantes y, por lo tanto, suplencias anuales, provocando el corrimiento y burla al orden escalafonario, ya que las horas aparecen en cualquier momento del proceso de designación. En este sentido, al tratarse de dependencias de ANEP de distintos desconcentrados, le corresponde al CODICEN asegurar la coordinación entre el CES y Formación Docente. Para que el calendario que aquí proponemos sea efectivo, las elecciones de horas en Formación Docente deberían desarrollarse en el mes de setiembre.

 

4. Ceses y traslados

Los docentes con causal jubilatoria no deberían enterarse de si se les concede o no una prórroga de actividad cuando el año lectivo comenzó hace meses y, por la vía de los hechos, ya se encuentran trabajando. En ese escenario, cuando la solicitud de prórroga es respondida afirmativamente, aunque no existen perjuicios para los estudiantes, se ha sometido al docente a una fuerte presión debido a la falta de certeza sobre su futuro. Y cuando la respuesta es el cese, los perjuicios son para los estudiantes (en el mejor de los casos, cambian de profesor después de algunas semanas sin clases; en el peor de los casos, se quedan sin profesor por el resto del año) y para el docente cesado (que no tuvo certezas en tiempo y forma para reorganizar su vida).

En ocasiones, similares retrasos para que el CES se pronuncie se dan respecto a las solicitudes de traslado de un departamento a otro. Proponemos que el CES se expida sobre ceses y traslados al tiempo que se publiquen las listas de efectivos e interinos para el siguiente año lectivo (en setiembre).

 

5. Garantías en la confección y publicación de las listas de profesores

Año tras año, al hecho de que el CES jamás publica quiénes integran las juntas calificadoras que realizan los ordenamientos en cada asignatura, qué criterios adoptan y cuándo finalizan su labor, se suman múltiples denuncias de compañeros que no son atendidos en sus reclamos, a pesar de realizarlos el mismo día que otros docentes a los que sí se les responde. Además, muchas veces no existen canales de comunicación entre Departamento Docente y las Inspecciones de Asignatura, lo cual deriva en actos electivos en los que existen dos o más ordenamientos diferentes, las rectificaciones se comunican por teléfono y son escritas con lapicera en trozos de papel y se atienden reclamos en función de si el funcionario de turno “recuerda” o no el caso del reclamante. Para evitar estas y otras irregularidades en relación a las listas, proponemos:

A. Transparencia en la confección del escalafón y las listas de interinos: Constituye un derecho de los docentes saber quiénes conforman los tribunales examinadores de los méritos y recusarlos en caso de considerarlo pertinente. En lo que respecta a la elaboración de las listas de interinos y suplentes, el artículo 92 del Estatuto del Funcionario Docente indica que deben hacerse siguiendo las normas que rigen los concursos: “Todos los [listados] serán precedidos de un llamado público. (…) La reglamentación [que debe publicarse junto con el llamado] establecerá los criterios de valoración de los méritos o pruebas, incluyendo la priorización de los títulos docentes a otros”. En muchas asignaturas no se utiliza la Circular 21/45 para confeccionar las listas, y eso no puede seguir ocurriendo.

B. Llamados anuales a los interinos para presentar méritos: Los llamados para renovación de méritos deberían hacerse anualmente: el Capítulo III del EFD, denominado “De los criterios para la integración de los registros”, establece respecto a los llamados: “Se efectuarán anualmente para cada asignatura y por los procedimientos establecidos (…) listas de candidatos para el desempeño de interinatos y suplencias, divididas en cuatro categorías.” Sugerimos que el llamado se realice a comienzos del mes de julio.

C. Depuración del puntaje de los docentes interinos: Es un derecho estatutario que sus listas aparezcan con la puntuación depurada de los méritos calificados, única forma de saber si el lugar asignado es o no correcto. Asimismo, los méritos a evaluar deben ser publicados a fin de que cada aspirante tenga la posibilidad de recusarlos en caso de discrepancias o ausencias. Recordemos que en los últimos años los docentes interinos solo han tenido la posibilidad de conocer qué méritos les han sido considerados recurriendo a Inspección (y estas no siempre han querido dar explicaciones).

D. Publicación de las listas con suficiente antelación al inicio del acto eleccionario: Sólo así existirán condiciones para realizar los reclamos correspondientes. Muchos de los problemas vividos en los últimos años tienen que ver con dichos listados. Compañeros que son omitidos en escalafón o listas, mal ubicados, reubicados manualmente sin resolución y publicación mediante (anotados en una servilleta después de una comunicación telefónica con algún inspector), etc. Sugerimos que la publicación se realice, a más tardar, a comienzos de setiembre.

 

6. Elección de cargos y horas de octubre a diciembre

ñ        Sería bueno que el llamado a efectivos e interinos se iniciara en octubre y fuera completado a más tardar en noviembre. Esto permitiría a cada trabajador tener clara su situación para el próximo año y evitaría la inestabilidad que suele afectar a los compañeros interinos (siempre a la espera no sólo de febrero, sino también de marzo, abril y mayo, con el subempleo y la desocupación temporal que ello implica).

ñ        El período de diciembre sería bueno destinarlo a cubrir suplencias prolongadas, pases en comisión, reservas, etc., situaciones en general conocidas tardíamente por Departamento Docente. Estas deberían asignarse centralmente y no en los liceos. En el caso de las licencias por enfermedad, maternidad y lactancia, si el Departamento Médico tiene digitalizados todos los datos de los profesores, puede enviarlos directamente al Departamento Docente, sin necesidad alguna de esperar a recibir las licencias de los profesores a través de los liceos.

 

7. No más listas paralelas

La existencia de listas paralelas es antiestatutaria y no podemos permitir que se siga violentando el derecho de los docentes a un único ordenamiento de efectivos e interinos por asignatura en cada departamento. Los Programas Especiales no pueden constituir una realidad paralela, sino que se deben ajustar a derecho.

 

8. Publicación de todos los cargos y las horas disponibles

En general, la poca claridad en cuanto a si se guardan horas o deberían estar horas que se saben vacantes y no aparecen, se dan no cuando eligen efectivos (allí es muy claro porque está todo en la bolsa y se van bajando), sino cuando llega la elección de interinos y se han producido vacantes por distintas razones (suplencias, renuncias, etc.), y durante mucho tiempo no se sabe dónde están las horas: si en los liceos o en Departamento Docente.

 

9. Publicación de los horarios de funcionamiento de cada liceo

Debe terminarse con las repetidas situaciones de no informar (e incluso ocultar) los horarios de inicio y finalización de turnos, de coordinación y de tutorías de cada liceo. Es fundamental su conocimiento para que el docente pueda organizar sus actividades durante el año y evite superposiciones horarias entre diferentes centros de estudio.

 

10. Racionalidad en el número de docentes convocados por hora

En las elecciones de los efectivos, mientras en algunas asignaturas se convoca a 10 o 15 docentes por hora, otras llaman a 20, 30 e incluso 40 compañeros. Y en las elecciones de interinos, la mayoría de las asignaturas convocan a razón de 50 por hora. Entendemos que deben aplicarse criterios racionales, ya que convocar a 10 efectivos por hora, que suelen tomar las mismas horas en el mismo liceo, parece ser poco, y convocar a 40 o 50 docentes por hora es comprometer el respeto del calendario y generar larguísimas e innecesarias esperas.

 

11. Mínimo de 72 horas entre la publicación de los calendarios y el acto eleccionario

Uno de los grandes problemas en los últimos años ha sido la publicación de listas y calendarios reformulados pocas horas antes de iniciarse su designación; se trata de una práctica que debe ser eliminada. Ninguna modificación al calendario puede considerarse apropiada cuando no cuenta con el tiempo suficiente para la notificación de los involucrados y, eventualmente, su recusación en caso de tener errores (salteo de categorías, desconocimiento de los topes de horas, etc.). Por ello, las listas deben publicarse, como mínimo, con 72 horas de anticipación.

 

12. Llamado a todas las listas en caso de subsistir vacantes

La asignación de cargos y horas a nivel liceal debe ser reservada para casos muy extremos. Sucede con frecuencia que las direcciones asignan cargos y horas a docentes de su institución cuando en realidad hay listas con docentes interesados que no son convocados. Es el caso, por ejemplo, de los cargos de POB, que muchas veces quedan vacantes y se cubren con horas de apoyo, a pesar de que existen listas e incluso docentes que desde hace años piden traslados a lugares con cargos vacantes que les son negados.

 

13. Segundas rondas con unanimidad de criterios entre las distintas asignaturas

Los últimos años ha sido frecuente que las segundas rondas se convoquen, en el caso de los efectivos, por grado en algunas asignaturas, por categorías en otras asignaturas, y por categorías y grados en otras asignaturas. También existen disparidades en los topes de asignaturas que se encuentran en la misma situación (deficitarias o no deficitarias). Tal tipo de desprolijidades no puede repetirse.

 

14. Elegir un espacio adecuado para el desarrollo del acto eleccionario

De realizarse el acto eleccionario de octubre a diciembre, no podrá desarrollarse en ningún liceo, pues aún no han terminado las clases. Es responsabilidad del CES disponer de un edificio amplio, confortable y céntrico, en el cual se pueda realizar el acto eleccionario.

 

15. Asignar suficiente cantidad de personal para el acto eleccionario

Ningún funcionario puede desempeñarse adecuadamente en una tarea tan delicada como la asignación de cargos y horas de las que dependen económica y profesionalmente miles de compañeros, con jornadas que van, en principio, desde las 8:30 hasta las 18:30, y que en los hechos terminan más de una vez a las 23:30. Es inadmisible que el CES convalide el trabajo a destajo de los funcionarios de Departamento Docente. Las autoridades deben habilitar la suficiente cantidad de funcionarios para el acto eleccionario.

 

16. Tomar recaudos para que los sistemas informáticos funcionen

En primer lugar, los equipos necesarios para el desarrollo del acto eleccionario deben ser instalados y probados con la debida antelación. En segundo lugar, no puede volver a ocurrir, como ha ocurrido, que los funcionarios de Departamento Docente desconozcan el sistema informático a utilizar porque se estrena el día que se inicia el acto eleccionario. Es inadmisible que se produzcan retrasos por fallas en las claves de acceso al nuevo programa.

 

17. Confección de los horarios de trabajo en febrero

Rechazamos el criterio de elegir con horarios a la vista, pues ello atenta contra derechos estatutarios de los trabajadores docentes. Todos los problemas que se generan por coincidencias horarias, los tiempos que insumen las instancias de negociación y, eventualmente, los perjuicios que implican las renuncias que dejan grupos sin docentes, se solucionarían si las secretarías liceales disponen de la gran mayoría de las designaciones al 1º de febrero.

Ahora bien: la confección de los horarios de clase involucra nuestras condiciones laborales y es, por lo tanto, materia de negociación colectiva. Desde el sindicato exigimos la instalación en cada liceo de mesas bipartitas integradas por secretaría, dirección y el núcleo sindical. Adelantamos que muchos criterios que normalmente se utilizan para la jerarquización de las aspiraciones horarias de los docentes merecen ser discutidas en profundidad.

 

18. Posibilitar la presencia de veedores de ADES Montevideo durante todo el acto eleccionario

Sabido es que la integración de la Comisión Directiva de ADES Montevideo no implica el usufructuo de licencia sindical (que se restringe a los miembros del Comité Ejecutivo de la FENAPES). Deberán buscarse, por lo tanto, las estrategias para que, a pesar de que las clases se desarrollan al mismo tiempo que el acto eleccionario, pueda haber siempre veedores de ADES Montevideo presentes en el acto eleccionario (quizá mediante la asignación de licencia especial por un día a diferentes compañeros, de modo que no se requiera de la presencia de los mismas personas más de una o dos veces al mes).

 

19. Resolución democrática de las situaciones no previstas

Otro de los problemas que se repiten año tras año es la inexistencia de acuerdo en las formas de resolución de problemas que proponen diferentes actores del CES: los encargados del Departamento Docente dicen una cosa, los inspectores otra y los representantes del CES otra. Entendemos que toda situación no prevista debe ser discutida en la Comisión Departamental de Elección de Horas, lo cual no significa que, en caso de que los compañeros allí presentes entiendan que se está violentando algún derecho, no se tomen las medidas de lucha que se entiendan pertinentes.

 

Algunas reflexiones finales

A. Una objeción que sabemos se hará a esta propuesta radica en la superposición de actos eleccionarios y clases. Sin embargo, entendemos que se trata de una fortaleza y no de una debilidad de esta propuesta. Hacer las cosas a las apuradas entre diciembre y febrero, como ha sucedido los últimos años, genera la pérdida de miles de clases durante marzo, abril e incluso mayo. En cambio, con los tiempos que aquí proponemos, los estudiantes se verán privados de la mayoría de sus profesores una o dos veces, lo cual, en comparación con el sistema actual, supone una significativa reducción del número de clases perdidas por la elección de horas.

B. Sabemos que sería deseable que todo el cronograma que aquí presentamos pudiera adelantarse incluso un mes más (presentación de méritos en junio; evaluación de los méritos en junio / julio; publicación de ceses, traslados y listas en agosto; reclamos en agosto; elección de cargos y horas de setiembre a noviembre; confección de los horarios de trabajo en diciembre). Sin embargo, entendemos que ello resulta imposible. En primer lugar, porque la elección de horas en Formación Docente debería adelantarse a julio o agosto, lo que no parece viable. En segundo lugar, porque en noviembre / diciembre los funcionarios administrativos de cada liceo deben enfocarse en las reuniones finales de evaluación, los exámenes y el primer período de inscripciones de estudiantes, lo cual llevaría a que los horarios se confeccionen de todos modos en febrero.

 

Carina Benoit

María Noel Graffigna

Manuela Alfonzo

Junio de 2013

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