Lineamientos del Poder Ejecutivo para la Negociación Colectiva en el Sector Público 07/08/15

Objetivos

Con los presentes lineamientos para el Sector Público, el Poder Ejecutivo propone los siguientes objetivos prioritarios:

  • Continuar el proceso de mejora de la gestión pública
  • Promover Acuerdos Marco y Compromisos de Gestión específicos en cada organización
  • Proteger las mejoras salariales obtenidas en los últimos 10 años, asegurando el mantenimiento de los niveles de salario real
  • Promover que la masa salarial global del Sector Público acompañe el
    crecimiento del PBI
  • Contemplar las heterogeneidades existentes al interior del Sector Público
  • En el marco de la Cultura del Trabajo para el Desarrollo, promover la negociación de aspectos no salariales, referidos a condiciones de trabajo y calidad del empleo, capacitación y Sistema Nacional de Cuidados

Otras propuestas y compromisos

  • Continuar promoviendo un adecuado funcionamiento de la negociación colectiva en el Sector Público en todos los ámbitos previstos en la Ley N° 18.508 (Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Tribunal de Cuentas, Corte Electoral, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y Gobiernos Departamentales)
  • Mantener el ámbito de negociación referido a la aplicación del Decreto N° 401/08, actualmente en funcionamiento
  • Promover un proyecto de ley para prorrogar la aplicación del Estatuto del Funcionario a nivel de los organismos de los artículos 220 y 221 de la Constitución

Criterios salariales

  • Criterio de ajuste salarial general para el Sector Público: mantener vigente el artículo 42 de la Ley N° 18.719, tanto en lo que refiere al esquema de ajuste salarial, como a los criterios de negociación previsto en el mismo. En función de ello:

– los ajustes serán realizados tomando en consideración el centro del rango objetivo de inflación fijado por el Comité de Coordinación Macroeconómica para el período de vigencia del aumento y las disponibilidades del Tesoro Nacional

– se aplicará un correctivo que tome en cuenta la diferencia en más que se hubiere registrado entre la variación observada del Índice de Precios al Consumo (IPC) durante la vigencia del ajuste anterior y el porcentaje de ajuste otorgado

  • A partir de dicho criterio general, promover la negociación a nivel sectorial o de rama, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 18.508, a los efectos de contemplar las especificidades de cada uno de los subsectores que componen el Sector Público, tanto en lo referido a aspectos salariales como no salariales.

Compromiso de Gestión

Los aumentos salariales por encima de los lineamientos previstos deberán establecerse en el marco de Compromisos de Gestión, debiéndose contar con partidas presupuestales específicamente aprobadas para tales fines en el Presupuesto o Rendiciones de Cuentas. Dichos compromisos deberán ser acordados en los ámbitos de negociación a nivel de rama, siempre que los mismos estén directa y específicamente relacionados en cada caso, en cada organismo, con compromisos que permitan avanzar en resultados concretos de mejoras en la gestión al servicio de la población.

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