ADES Montevideo convoca a asociaciones civiles, cooperativas u otras personas jurídicas para proveer un equipo multidisciplinario, para la atención de personas víctimas de violencia basada en género (VBG) en el marco de la ley 19.580 y otras normas vinculadas, así como actividades de formación.
La Asociación de Docentes de Educación Secundaria de Montevideo pretende contar con un equipo multidisciplinario que brinde (como mínimo) atención jurídica y psicológica en el abordaje de los problemas de VBG, desde el acompañamiento, el asesoramiento, las denuncias y demás instancias que sean necesarias.
En ese sentido, se busca desarrollar estrategias para un abordaje multidisciplinario de la VBG que sufran las afiliadas/es a ADES Montevideo, o escenarios que presenten afiliados/as/es o núcleos sindicales a partir de situaciones que se presenten en los centros de trabajo.
La propuesta debe contemplar el seguimiento correspondiente una vez realizado el primer contacto, garantizando que cada afiliada/e que así lo solicite reciba la atención pertinente.
Asimismo, la propuesta debe tener en cuenta generar espacios, materiales y actividades de formación que permitan abordar la temática con más herramientas.
TAREAS A DESEMPEÑAR
- Atender las consultas de casos de VBG planteadas por afiliadas/es en el marco de lo establecido por la ley 19.580 y otras normas vinculadas. Asesorar, contener y acompañar a lo largo de todo el proceso y trabajar en red con otras organizaciones o instituciones cuando sea necesario.
- Atender consultas y orientar a afiliadas/es/os que se encuentren acompañando a funcionarias/es, estudiantes u otras personas que sufren VBG en el contexto de las instituciones
educativas. - Contribuir al sindicato en el desarrollo de materiales formativos e informativos sobre la temática para docentes y las comunidades educativas en general
- Desarrollar actividades de formación sobre la temática en el marco del sindicato
- Contribuir al sindicato en el análisis de la normativa vigente sobre la temática, específicamente en ANEP y Secundaria, así como aportar a la elaboración de propuestas que nutran nuestra plataforma reivindicativa en la materia.
PROPUESTAS
Las Organizaciones interesadas deberán describir y fundamentar una propuesta de intervención integrada, de acuerdo con los objetivos del llamado, así como designar una persona responsable de la organización o institución.
La propuesta deberá presentarse en la secretaría de ADES Montevideo sita en Maldonado 1193 primer piso, desde el día 13 de junio hasta el 11 de julio en el horario de 10 a 19, o vía mail a adesmontevideo@gmail.com.
De presentar la propuesta en formato presencia, deberá contener un original y tres juegos de copias simples, cada una en sobre cerrado, debidamente firmadas por la persona titular de la organización oferente o quien la represente con la correspondiente aclaración de firma, conteniendo leyenda visible donde conste: nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico.
En el caso de presentarse vía mail toda la información debe estar incorporada en un solo PDF, en cuya carátula debe constar en letras grandes: nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico; debiéndose nombrar el archivo: llamado+nombre de la persona titular. El asunto del correo será: llamado a equipo multidisciplinario VBG + nombre de la persona titular.
CONTENIDO: La propuesta deberá contener obligatoriamente los datos generales de la organización, las características del servicio ofrecido con agregación de todo dato que juzgue de interés y la propuesta de trabajo.
DOCUMENTACIÓN: las personas jurídicas interesadas deberán presentar los siguientes documentos:
a) Formulario completo de identificación de la institución.
b) Certificado notarial que acredite la personería jurídica de la organización, objeto, plazo y vigencia de la misma, su integración y la representación invocada.
c) Certificado único expedido por la Dirección General Impositiva que acredite que se encuentra al día con los aportes correspondientes o constancia de que se encuentra exonerada de dicha obligación.
e) Certificado único del Banco de Previsión Social que acredite que se encuentra al día en el pago de aportes a dicho Organismo, o que se encuentra exonerada de dicha obligación.
f) Certificado del Banco de Seguros del Estado que acredite que la entidad y el personal se encuentra afiliado al Seguro por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, según lo dispuesto por la ley Nº 16.074.
g) Número de cuenta BROU en la que se acreditarán los fondos correspondientes en caso de resultar adjudicataria.
CUMPLIMIENTO DE NORMAS EN MATERIA LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL
Conforme a lo dispuesto por las leyes 18.099 y 18.251, la retribución de las trabajadoras de la organización que sea contratada deberá respetar los laudos salariales establecidos en los Consejos de Salarios. El incumplimiento en el pago de las retribuciones antes mencionadas será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario. ADES Montevideo exigirá la
presentación de la documentación que acredite que el adjudicatario da cumplimiento a las normas vigentes en materia laboral y de seguridad social, con respecto al personal en relación de dependencia:
a) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad provisional que corresponda;
b) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales;
c) Planilla de Control de Trabajo, recibos de haberes salariales y en su caso, convenio colectivo aplicable;
d) Declaración nominada de historia laboral y recibo de pago de cotizaciones al organismo previsional. (Art. 4 Ley Nº 18.251).
En caso de incumplimiento de las cláusulas anteriores, no sólo será causal legal de rescisión del contrato, sino que también ADES Montevideo podrá retener las partidas a abonar a la organización y pagar por subrogación, los créditos adeudados, conforme lo dispuesto por el Art. 5 de la ley Nº 18.251. ADES Montevideo ejercerá el derecho a ser informado sobre el estado de las obligaciones y responsabilidades laborales y previsionales, determina que la contratación estará sujeta al régimen de responsabilidad subsidiaria dispuesto por el artículo 6 de la Ley Nº 18.251, con la limitación temporal y el alcance establecidos en la mencionada ley.
EQUIPO DE TRABAJO
El equipo deberá adecuarse al siguiente perfil: sus integrantes deberán ser psicólogas y abogadas, entre otras profesionales vinculadas a la temática con probada formación y experiencia en atención a víctimas de VBG. La organización deberá presentar un currículo vitae de las profesionales.
El equipo trabajará en coordinación con los organismos y espacios pertinentes del sindicato acorde a su estatuto y dinámicas de funcionamiento.
PLAZO CONTRACTUAL, CARGA HORARIA Y ACUERDO ECONÓMICO
El plazo contractual será por el término de un año a partir de la fecha de suscripción del convenio, pudiendo prorrogarse el mismo en función de la valoración que se haga del desempeño de tareas.
El equipo tendrá una carga horaria de trabajo mensual mínimo de 24 hs (6 horas semanales), alternando el trabajo en los diferentes turnos (matutino, vespertino y nocturno) sito en el sindicato. Ante el planteo de nuestra organización o del equipo de trabajo, se podrán acordar extensiones horarias tanto dentro como fuera del local sindical según las necesidades.
Las organizaciones deben incorporar en su propuesta de trabajo el monto económico por el cual realizarían el convenio con el sindicato considerando cantidad de profesionales vinculadas y laudos, entre otros que estimen conveniente. Se podrán hacer varias propuestas en ese sentido, variando la cantidad de profesionales.
CRITERIOS PARA EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PROPUESTAS
Se valorará la propuesta de trabajo, y en forma excluyente la experiencia en trabajos previos de VBG y la presentación de títulos y certificados que acrediten la formación en VBG.



