Liceos Populares: Informe sobre Reforma y Profesor Cargo

 Julio con bandera

 

 

 

 

 

En la tarde del 14 de setiembre, quienes conformamos la Agrupación sindical Liceos Populares – Julio Andreoli, accedimos a través del Ejecutivo de la FENAPES al documento (fechado el 29 de agosto) que contiene el proyecto de reforma del Ciclo Básico elaborado por la correspondiente Comisión del CES.

Se nos ha informado que la FENAPES estuvo asistiendo durante el mes de agosto a dicha comisión a través de la compañera Virginia García. Se nos ha dicho que el 22 de agosto la compañera hizo llegar a los integrantes del Ejecutivo de la FENAPES algunas de las hojas que Lugo formarían parte del documento final, entre ellas la hoja con la malla curricular, en la que ya podía verse que se retornaba parcialmente a un curriculum estructurado en áreas, ahora designadas “campos de formación”. En esa oportunidad, nada hizo el Ejecutivo de la Federación para que todos los afiliados pudiésemos saber lo que se estaba gestando.

Se nos ha dicho que el 29 de agosto la compañera Virginia García dejó constancia, por escrito, del absoluto y genérico rechazo de nuestro sindicato a las líneas generales que estructuraban el proyecto reformista. En esa oportunidad, el Ejecutivo de la Federación volvió a mantener dentro de cuatro paredes lo que se estaba sucediendo. Es más: se nos ha dicho que el sindicato accedió a la nota presentada por Virginia García ante la Comisión de Ciclo Básico del CES recién el 16 de setiembre, dos días después de que el profesorado de todo el país accediese al documento y se pronunciase espontáneamente en contra de lo que se estaba planificando.

Quienes conformamos la Agrupación Liceos Populares entendemos que los integrantes del Ejecutivo de la FENAPES debían haber salido a informar al conjunto del profesorado, y a la sociedad toda, por todos los medios posibles, de lo que estaba ocurriendo, al recibir las primeras hojas del borrador, el 22 de agosto. No lo hicieron, y ese error metodológico ha dejado a la Federación hasta hoy como aparente partícipe de tan nefasto programa de reforma.

Sabemos que lo importante ahora es hacer lo que debió hacerse antes y posicionar al sindicato en contra de esta nueva embestida contra la educación pública. Pero no se trata de un error aislado del actual Ejecutivo de la Federación, sino de uno más en una lista que es cada vez más extensa…

 

PROYECTO DE REFORMA DEL CICLO BÁSICO

Respecto al contenido del material, observamos que:

1.     La malla curricular que propone el documento se estructura por “campos de formación”: lenguas, matemáticas, ciencias sociales, ciencias experimentales, arte, educación física y proyectos transversales. Las similitudes curriculares entre el plan Rama y el que ahora se planifica son muy grandes: las ciencias naturales ahora son ciencias experimentales y aplicadas, la expresión ahora es arte y el espacio de currículum abierto ahora se llama campo de proyectos transversales. El área instrumental del 96 aparece ahora fragmentado en lenguas por un lado y matemáticas por el otro. Respecto a la informática, los aspirantes a reformistas no saben si considerarla un área en sí misma (como en el 96) o si debe integrarse al conjunto de las ciencias experimentales y aplicadas. Por su parte, el área de las ciencias sociales mantiene incluso hasta su denominación.

2.     El sistema de evaluación no se estructura en áreas, como en el plan Rama, sino por asignaturas agrupadas en áreas, como en el plan TEMS. Lo que se proyecta es dar al estudiante la posibilidad de promover cada nivel accediendo a calificaciones aceptables sólo en algunas áreas. Por ejemplo, un estudiante de primer año que alcanza calificaciones aceptables en arte y educación física, podría acceder a la cantidad de “créditos” necesaria para pasar a segundo año. Sin saber nada de matemática y ciencias experimentales. Y lo mismo para promover de segundo a tercero y de tercero a cuarto. Nadie va a examen. Se trata, en síntesis, de un sistema de evaluación que persigue los mismos objetivos que han tenido todos los reformistas de 1996 a la fecha: reducir las exigencias para el pasaje de grado para así poder mejorar los indicadores de cobertura y de eficiencia del sistema, tal cual lo exigen los organismos internacionales de crédito, abatiendo las tasas de repetición mediante la eliminación de cualquier obstáculo formal para la promoción.

3.     La extensión del tiempo de clases es otro de los componentes que se propone para el ciclo básico: “Puede pensarse en un comienzo del período escolar desde el primer lunes de febrero hasta el tercer viernes de diciembre; […] dando un total efectivo de clases de 36 semanas, o 180 días, si se consideran las clases de lunes a viernes.” El objetivo es claro: transformar a los liceos en una guardería de adolescentes de tiempo completo, para que los padres puedan ajustarse sin mayores problemas a las exigencias horarias del mercado laboral. Se trata de una copia de lo que ya sucede en la mayoría de los países de América Latina, en los que se ha fijado por ley un mínimo de jornadas de estudio en ningún caso inferior a 180. La fijación de mínimos responde, entre otros, a los lineamientos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), más conocida como el “club de los países ricos”, que en materia educativa presiona a las economías emergentes (como la uruguaya) a través de las pruebas PISA, usadas por actores de todo el espectro parlamentario para fustigar a los docentes por los resultados obtenidos. Por ello, sostenemos que el documento de reforma del ciclo básico no debe ser considerado como una iniciativa aislada, sino como una parte más de una cuidadosamente planeada embestida contra los docentes de la enseñanza secundaria, concertada por actores de todos los partidos políticos.

4.     La privatización de la enseñanza es otro de los pilares del documento, pues expresa que “los alumnos podrán lograr créditos en diferentes instituciones educativas y/o mediante la realización de pasantías o cursos especializados vinculados al campo laboral o al desarrollo personal.” En este punto, es necesario realizar cierta aclaración: esta idea no es sólo responsabilidad de quienes integran la Comisión de Ciclo Básico del CES, sino también de los consejeros, pues para la realización de este trabajo se tomaron en cuenta cinco orientaciones básicas dadas por el CES en oficio nº 176/2011, una de las cuales consiste en la “articulación socialmente valiosa entre el mundo del estudio y el trabajo”. Dicho esto, sólo queda comentar lo que se proyecta: tomar en cuenta los cursos realizados en instituciones privadas para la promoción en el sistema público. Por ejemplo: un estudiante de primer año que asiste a una academia a estudiar inglés o informática, evidentemente porque su familia puede pagar esos estudios, podrá presentar sus certificaciones en el liceo y recibirá por ello ciertos créditos que le ayudarán a pasar a segundo año. Se trata, pues, de una concepción que constriñe la enseñanza a la mera “capacitación” de “recursos humanos” para elevar los “niveles de competitividad” y “aumentar la productividad”.

5.     La pérdida de derechos laborales es otro de los componentes del documento. Los autores del “borrador” proponen que “los docentes sean designados con 30 horas semanales para que las desempeñen en un mismo centro.” Se trata de la instrumentación de una de las ideas contenidas en el mensaje presupuestal del CODICEN: “evitar la rotación docente año a año entre diversas instituciones, fomentando la concentración y permanencia docente en las mismas.” Ahora: una cosa es favorecer la permanencia de los docentes en un mismo centro, y otra cosa es pasar de una unidad de 20 horas a otra de 30. Nuestro rechazo a una medida así es categórico: aceptarla supondría claudicar en la histórica lucha de nuestro sindicato por un salario equivalente a la media canasta por 20 horas de clase. No queremos migajas a cambio de más horas de trabajo. Lo que necesitamos son mejores salarios. Por otra parte, el documento especifica que los cargos de docencia suponen no sólo la tradicional función áulica, sino también otras de docencia indirecta, de apoyo y de orientación. En un liceo de pequeñas dimensiones (como lo son las mayoría de los liceos de ciclo básico), la cantidad de docentes que estarán disponibles para tareas de docencia indirecta, apoyo y orientación, será siempre suficiente como para cubrir los “vacíos” que se generen por la falta de otros docentes. Parece claro que lo que el documento hace es insistir con la figura del docente retén, disfrazado bajo los nombres de “mentor” y “asesor”. En definitiva, es alguien que puede ir al salón con los estudiantes cuando otro profesor falta. Y esto conduce a pensar que lo que se busca con esta propuesta es eliminar las suplencias, con todo lo que ello supondría en materia de compañeros sin trabajo. ¿Para qué designar suplentes si siempre habrá profesores disponibles para todo tipo de tareas? ¿Y para qué crear nuevos cargos? Tampoco sería necesario…

 

PROYECTO DE REFORMA DEL BACHILLERATO

Al comenzar las pasadas vacaciones, llegó a nosotros el documento que contiene el proyecto de reforma del Bachillerato, elaborado por la correspondiente Comisión del CES. Nuestro repudio al mismo es categórico y absoluto: no hay nada en él que sea rescatable o tan siquiera mejorable. Resulta vomitivo que los inspectores de asignatura de nuestro subsistema propongan para el cuarto año un “núcleo optativo obligatorio” en el que se forma a nuestros jóvenes para servir como mano de obra barata y sin calificar en áreas como el servicio de acompañantes o la cadetería. Y no es mera especulación: el propio documento establece que “Se entiende que estos espacios optativos tendrán continuidad en el segundo y tercer año de bachillerato, culminando con un certificado de aptitud para el mercado laboral”.

 

SOBRE EL PROFESOR CARGO

Finalmente, en la tarde del martes 19 de setiembre, quienes conformamos la Agrupación sindical Liceos Populares – Julio Andreoli, presentes en la reunión de la Comisión Directiva de ADES-Montevideo, accedimos a través de integrantes del Ejecutivo de la FENAPES a un documento redactado en ese ámbito, fechado el 22 de agosto, que fundamentaba la creación de la figura del «profesor cargo».

La fecha del 22 de agosto no nos resulta casual: fue precisamente el día en el que Virginia García hizo llegar a los integrantes del Ejecutivo de la FENAPES algunas de las hojas que luego formarían parte del documento final de la comisión de reforma del ciclo básico, entre ellas la hoja con la malla curricular. ¿Cuáles fueron, entonces, las razones políticas por las que nada hizo el Ejecutivo de la Federación para que todos los afiliados pudiésemos saber entonces lo que se estaba gestando? ¿Acaso se guardó silencio por las coincidencias alarmantes e inocultables entre parte de lo que terminaba de procesar la comisión de reforma del ciclo básico y lo que el Ejecutivo de la FENAPES estaba por entonces negociando con el CES?

En otro orden, en el mail enviado desde el sindicato se dice que el preacuerdo se firmó el lunes 26 de setiembre, pero el preacuerdo firmado por ambas partes dice que se celebró el día 20. ¿A qué se debe tal diferencia en la información? ¿Por qué no se difundió el contenido del preacuerdo el día 20? ¿Por qué tanta irregularidad en el traslado de la información a las bases?

En el preacuerdo se expresa que, dado que nuestros salarios son tan bajos, terminamos cayendo en el multiempleo, no pudiendo realizar un seguimiento adecuado de nuestros estudiantes. La solución sería la creación del “profesor cargo”: a cada docente que tome 20 horas de clase le corresponderían 4 horas de coordinación más 6 horas destinadas a “otras tareas docentes”.

Frente a todo esto, planteamos:

1.     La reivindicación histórica de nuestro sindicato es la de igualar el salario por 20 horas de trabajo de un docente grado 1 a la media canasta familiar. Entonces, ¿por qué la dirección de la Federación toma una posición así? En su XII Congreso, el documento aprobado por la FENAPES en materia de Proyecto Educativo señalaba que “Históricamente el sindicato ha reivindicado el Profesor Cargo con la unidad docente y con salario digno.” ¿Basándose en qué clase de resoluciones, entonces, se llegó a un preacuerdo así? ¿Qué importancia le asignan los integrantes del Ejecutivo de la FENAPES a la información y discusión en los núcleos liceales?

2.     La figura de este profesor cargo coincide con la del “docente designado con 30 horas semanales para que las desempeñen en un mismo centro”, de la que se habla en el documento de reforma del Ciclo Básico en el que se insiste con las áreas, los créditos, la eliminación de los exámenes y la extensión del período de clases de febrero a diciembre. En un momento tan particular como el que atravesamos, aceptar la propuesta de un profesor cargo con 30 horas en el centro supone no sólo claudicar en la histórica lucha por un salario digno a cambio de 20 horas de trabajo: supone además contribuir concientemente a tan nefasto proyecto reformista.

3.     Se ha dispuesto que el tema sea discutido y resuelto en la AGD del día de mañana. ¿Podrán todas las filiales del país realizar asambleas para informarse de tanto documento que ha circulado recientemente, discutir y luego adoptar una posición, antes de mañana, siendo que el texto del preacuerdo fue enviado vía mail hace seis días? ¿Por qué tanta prisa? ¿Qué plazos son los que apremian? ¿No exigen nuestros delegados ante el CES el respeto de nuestros tiempos sindicales?

 

La posición de esta Agrupación frente a la forma en que se llegó a este preacuerdo es clara: quienes en la práctica contribuyen a la aplicación de recetas reformistas son el enemigo contra el que habrá que dar la pelea, sea cual sea el lugar desde el cual operen: el gobierno central, el CES o el sindicato, al que hoy, más que nunca, debemos reorientar hacia la lucha organizada, hacia el rechazo absoluto a la Ley General de Educación, y hacia la posibilidad cierta de una educación pública autónoma y cogobernada.

ARGUMENTOS LEGALES CONTRA EL ACTUAL PROYECTO DE PROFESOR CARGO

DEL CES Y LA FENAPES

 El preacuerdo celebrado entre el CES y la FENAPES establece que para el año lectivo 2012 se pondrá en práctica la figura del profesor cargo en base a 30 horas: “20 horas de docencia directa, 4 de coordinación y 6 de permanencia”.

En su tercer numeral, el preacuerdo especifica cuál es el carácter de las 6 horas de “permanencia”: “Las seis horas de “permanencia” estarán dirigidas al apoyo de los estudiantes en tareas como: apoyo a los aprendizajes, seguimiento de dificultades, apoyo a desarrollo de estrategias y facilitar la motivación”.

Por lo tanto, aunque el texto del preacuerdo no incluya en un mismo paquete las 20 horas de clase con las 6 horas de “permanencia”, todas ellas son de docencia directa, según lo dispone el Estatuto Docente, en su artículo 2, referente a las formas de ejercer la docencia: “Existen dos formas de ejercer la docencia: directa e indirecta. Se considera que se ejerce docencia directa cuando el docente se desempeña en relación continua e inmediata con el alumno. Se considera de docencia indirecta las actividades que impliquen funciones de dirección, orientación y supervisión, u otras ejercidas fuera de la relación directa enseñanza-aprendizaje.”

El “apoyo a los aprendizajes” supone la figura del profesor como puntal del proceso de enseñanza del estudiante. El “seguimiento de dificultades” implica la evaluación del rendimiento de los alumnos en actividades como la lectura, la escritura y la expresión oral. El “desarrollo de estrategias” involucra la utilización de metodologías entre las que se encuentra el diálogo. Por último, la tarea de “facilitar la motivación” comprende el uso de estrategias como la problematización de la cotidianidad del estudiante. Resulta claro que todas ellas son tareas de docencia directa.

El artículo 15 del Estatuto Docente fija el máximo de horas efectivas a tomar por cualquier docente en 20 horas: “En los subsistemas en los que la función docente se cumple mediante horas escalafonadas, el máximo de horas efectivas a las que puede accederse se determinará por Unidades Docentes de 20 (veinte) horas semanales de labor.”

Al mismo tiempo, el mismo artículo del Estatuto deja abierta la posibilidad de que las autoridades extiendan la carga de la unidad docente hasta 30 horas (comprendiendo una carga de 26 horas como la que supone el proyecto que aquí se rechaza), pero colocando un requisito forzoso: deben existir horas suficientes para que sea posible que todos los efectivos (si así lo desean) tomen hasta 30 horas (o hasta 26, en este caso). “Cada Consejo podrá proponer que [las Unidades Docentes] sean de hasta 30 (treinta) horas semanales de labor. (…) A tales efectos (…) cada Consejo tendrá en cuenta el coeficiente que resulte de dividir el número de horas por el número de docentes efectivos o ganadores de concurso con derecho a la efectividad en cada asignatura y Departamento.”

Según la información que el propio CES ofrece en su página Web, al día de hoy, las horas disponibles en todos los departamentos del país, obligan a las autoridades a mantener en 20 horas las cargas de las unidades docentes de todas las asignaturas. En conclusión: la aplicación del actual proyecto de profesor cargo supondría una violación del Estatuto Docente, ya que prevé llevar a 26 horas las unidades docentes de algunas asignaturas, cuando la cantidad de horas existentes no lo permite, generando grandes desigualdades entre compañeros con 26 horas de docencia directa y compañeros con pocas horas o sin horas.

El preacuerdo celebrado entre el CES y la FENAPES establece que la elección de las 6 horas de “permanencia” del profesor cargo se hará: “simultáneamente con las de docencia directa, de acuerdo a la precedencia escalafonaria”. En el punto anterior hemos explicado ya por qué la simultaneidad es violatoria de ciertos derechos laborales establecidos en el Estatuto Docente.

La única forma de evitar tal infracción sería realizando una elección en primera vuelta de hasta 20 horas, y luego realizar una segunda vuelta para completar con 6 horas más de “permanencia”, de acuerdo al carácter que se pretende dar al profesor cargo. Pero, en un escenario así, para alcanzar el objetivo de la estabilidad en un mismo centro, sólo podrían completar con 6 horas los profesores de las asignaturas que hubiesen sido elegidas, siempre y cuando hubiesen tomado su unidad en los liceos seleccionados, lo que evidentemente supondría avasallar los derechos de todos aquellos docentes a los que, por precedencia escalafonaria, les correspondería poder elegir esas horas, pero se verían imposibilitados de hacerlo, propiciando que tomen esas horas otros docentes, ubicados luego en el listado.

¿Qué sucedería si los docentes de cierta asignatura que tomasen sus horas en uno de los liceos donde se aplique la modalidad del profesor cargo no estuviesen interesados en las 6 horas adicionales de “permanencia”? Una situación así, si se desea alcanzar el objetivo de la estabilidad en un mismo centro, sólo podría resolverse de dos formas: 1) obligando al docente a tomar las 6 horas adicionales del profesor cargo, aunque no quiera, o 2) negándole al docente la posibilidad de tomar en ese centro, y forzándolo a tomar en otro centro cuando el escalafón le otorga el derecho de trabajar donde decida si su puntaje se lo permite. Ambas posibilidades son violatorias del derecho a la precedencia escalafonaria que el Estatuto Docente nos reconoce a los profesores.

Según lo que establece el ya citado artículo 15 del Estatuto Docente, las autoridades podrán elevar el máximo de horas a tomar por cualquier docente hasta 30 horas, pero siempre dentro de su carácter de horas efectivas. La aplicación del preacuerdo celebrado entre la FENAPES y el CES violaría el Estatuto Docente pues prevé que las 6 horas de “permanencia” “tendrán siempre carácter interino”, cuando correspondería que sean efectivas si el titular es un efectivo.

El preacuerdo celebrado entre el CES y la FENAPES establece que las horas de profesor cargo: “se asignarán a las asignaturas y centros que presenten peores desempeños académicos en el Ciclo Básico de acuerdo al monitor educativo”. De esta forma, se estaría atando el acceso de cientos de compañeros a su fuente laboral a criterios de productividad: habría más horas para los profesores de ciertas asignaturas en ciertos liceos, atendiendo al bajo rendimiento de los alumnos, según criterios netamente tecnicistas y mercantilizantes contra los que la FENAPES se ha pronunciado sistemáticamente en sus congresos.

AGRUPACIÓN LICEOS POPULARES – JULIO ANDREOLI

1º de octubre de 2011

Compartir