Lineamientos del Poder Ejecutivo para la formulación del Presupuesto 2015 – 2019

  1. Pautas generales

1.1. Con el objetivo de contribuir a la concreción de las principales acciones de gobierno, se considera necesario que en el presente Presupuesto se generen ahorros en los Incisos, que permitan una reorientación de recursos hacia las políticas prioritarias. La instrumentación de este lineamiento implica, en primer lugar, el abandono de la lógica incrementa’ en la formulación presupuestal.

1.2. Con el mismo objetivo, la gestión deberá focalizarse en la mejora de la calidad de los servicios y la mayor eficiencia del gasto público. Este lineamiento, conjuntamente con el señalado en el punto anterior, conlleva un importante esfuerzo de priorización de las propuestas presupuestales en función de su relevancia para el logro de los objetivos establecidos como prioritarios.

1.3. Se continuará en el proceso de priorizar la visión programática del presupuesto sobre la institucional, pudiendo esto implicar la necesidad de realizar ajustes en la estructura programática vigente, a fin de que las definiciones de la misma se enmarquen en los planes estratégicos. Se promoverá, además, la reasignación de gastos de forma que se encuentren registrados en los programas presupuestales que se adecuen a su finalidad.

1.4. Los créditos adicionales a la línea de base asignados en el Presupuesto, que produzcan incrementos en los ejercicios 2016 y 2017, solo se consolidarán en los ejercicios siguientes cuando financien un gasto permanente. No se incluirán asignaciones incrementales en los restantes ejercicios salvo para reflejar los aumentos de costos necesario:; para culminar inversiones o derivados de la puesta en funcionamiento de las mismas.

1.5. La generación de nuevas actividades, el incremento en el nivel de las que se encuentran en ejecución, así como la generación de normativa cualquiera sea su naturaleza, no deberá implicar incrementos de gastos que no tengan su correspondiente financiamiento y crédito presupuestal autorizado.

1.6. Para contribuir a financiar nuevas políticas, se entiende necesario optimizar la utilización de los fondos preexistentes, dentro o fuera del Presupuesto, cuyos fines sean financiar actividades compatibles.

1.7. A fin de explicitar la totalidad de los costos incluidos en el Presupuesto, se deberá evitar la inclusión de créditos con ajustes automáticos (ej. partidas estimativas, créditos que se ajustan en función de recaudación o de otras variables), así como desactivar los ya existentes. Los montos de crédito deben reflejar los montos máximos de gasto que se prevé ejecutar efectivamente.

1.8. Se promoverán Compromisos de Gestión vinculados a objetivos de mejora de la gestión de los bienes, servicios y políticas públicas. Para ello se suscribirán Compromisos de Gestión con los Organismos, con el propósito de establecer, a partir de un conjunto de indicadores, las metas anuales y de mediano plazo coherentes con sus planes estratégicos, de modo tal de evaluar la efectividad y el impacto de las políticas, cuantificar la mejora de gestión, racionalizar las inversiones y posibilitar en definitiva, un monitoreo por resultados.

  1. Gastos de Funcionamiento

2.1. A efectos de determinar la línea de base, se considerará la ejecución del ejercicio 2014 correspondiente a niveles de actividad permanentes desarrollados en el quinquenio anterior y por tanto depurado de aquellos gastos discrecionales de carácter no permanente. Este importe será abatido en un 20% en términos nominales, y ajustado por la inflación proyectada para 2015.

2.2. En la aplicación del criterio establecido en el punto anterior, se procurará proteger los gastos que contribuyen al logro de objetivos prioritarios y áreas particularmente sensibles. No se encuentran comprendidos en el abatimiento establecido precedentemente los gastos de naturaleza salarial. Deberán preverse todos los gastos de funcionamiento asociados a la dotación de personal.

  1. Inversiones

3.1. El presupuesto de inversiones incluirá en la línea de base créditos por un monto equivalente al nivel de ejecución 2014, depurado de las inversiones extraordinarias que pudieran haberse realizado.

3.2. Deben realizarse los máximos esfuerzos de revisión y reasignación de créditos en los proyectos de inversión a incluir en el Presupuesto, priorizando los que contribuyan a objetivos prioritarios del Gobierno y a la mejora de la gestión. Asimismo se deberá priorizar la venta de activos como forma de financiar nuevas inversiones.

3.3. El Presupuesto debe asegurar el cumplimiento del principio de universalidad de la asignación del gasto. Por tanto, cuando se incluyan proyectos de inversión deben considerarse los correspondientes gastos operativos, con la cadencia que acompase la evolución de la inversión. Asimismo, cuando se propongan acciones que impliquen crecimientp de gastos que requieran la realización de inversiones en el corto o mediano plazo, deberán presentarse como costo de esa acción y no dejar su planteamiento para instancias posteriores.

3.4. Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP): El soporte informático del SNIP, que administra OPP (en sus módulos Preinversió y Presupuesto), será la herramienta para la formulación de todos; los proyectos de inversión para el Presupuesto Nacional (línea de bese y articulado).

  1. Retribuciones personales

4.1. Existen importantes sub ejecuciones en los créditos correspondientes a retribuciones personales, por lo que se entiende conveniente su utilización para financiar acciones prioritarias. En función de ello, para determinar la masa salarial base del ejercicio 2016, se considerará la masa salarial del ejercicio 2014 y se reducirá el monto no ejecutado a un máximo de 10% (diez por ciento) de esa masa. Este criterio general será aplicado a nivel de Inciso por lo que a la interna del mismo deberán aplicarse acciones de reasignación de gastos a fin de contemplar situaciones particulares.

4.2. A efectos de instrumentar lo establecido en el punto anterior, los Incisos dispondrán de 180 días a partir de la aprobación de la Ley de Presupuesto para adecuar sus estructuras al abatimiento establecido, regularizar situaciones preexistentes y comunicar los créditos a ser disminuidos.

4.3. La solicitud de incrementos de asignaciones con destino a Retribuciones Personales, tanto en el Grupo O como las correspondientes a cualquier otro gasto destinado a la dotación de personal, deberá financiarse con la reasignación de créditos presupuestales.

4.4. No se incluirán propuestas que impliquen aumentos salariales de carácter general dentro de los Incisos.

4.5. A efectos de viabilizar el llenado de vacantes, los créditos correspondientes a retribuciones personales deberán contener el 100% de las partidas que se requerirán en caso de llenarse las mismas, es decir costear la totalidad de los objetos que se abonarán cuando la vacante sea ocupada.

4.6. Se evitará la solicitud de «créditos bolsas», debiendo además reasignarse las que se utilizaron en el ejercicio 2014 a créditos que identifiquen claramente la naturaleza de su utilización.

4.7. Se exhorta a los Incisos a minimizar el ingreso de nuevo personal a situaciones estrictamente necesarias.

4.8. Dado que existen situaciones heterogéneas en cuanto a las estructuras, así como a la situación del personal que presta funciones en los Incisos, el tratamiento y resolución de las mismas deberá realizarse en forma particular, incidiendo por tanto en la aplicación de los criterios generales.

  1. Recaudación de Incisos

5.1. Debe realizarse una revisión de las tasas y precios que se cobran, ya que se ha detectado, en múltiples situaciones, que no se han ajustado por varios ejercicios. .

5.2. No se debe plantear la creación de recursos cuyo destino sea financiar retribuciones personales.

  1. Financiamiento Externo

6.1. El acceso a financiamiento externo (préstamos) con destino a un proyecto, no implica la existencia de autorización para gastar. Esto significa que contar con disponibilidades de préstamo no implica contar con autorización a gastar en un ejercicio, ya que la cadencia de ejecución de los proyectos sólo se encuentra autorizada por el monto de los créditos presupuestales.

6.2. Los proyectos, ya sean de funcionamiento o inversión, ejecutados con operaciones de financiamiento externo deberán justificar la necesidad de su continuidad y no constituirse en actividades permanentes.

  1. Procedimiento

7.1. Se revisará la pertinencia de la estructura programática a la cual contribuye el Inciso. La información será ingresada en el Sistema de Planificación Estratégica (SPE) y tomada por el Sistema de Información Presupuestal (SIP) para cargar la línea base.

7.2. Durante el mes de junio MEF, OPP y ONSC llevarán adelante una primera serie de reuniones con los Incisos a efectos iniciar el proceso de elaboración del Presupuesto. La comunicación del calendario correspondiente será realizada al Director General.

7.3. La estructura de cargos y funciones que se remitirá al Parlamento será la que se encuentre registrada en el Sistema de Gestión Humana (SG1) al 31 de mayo de 2015.

7.4. La línea de base de gastos de funcionamiento y de retribuciones personales será cargada en el SIP, y la línea de base de inversiones será volcada al SIP desde el SNIP.

7.5. OPP realizará talleres de capacitación en la segunda y tercera semana de junio, orientados al personal involucrado en el proceso de formulación de proyectos, y de la presupuestación de los mismos. Se convocará a cada Inciso por intermedio del Director General, comunicando día y hora del taller.

7.6. La planificación institucional (objetivos de Inciso y UE, definición de productos) se cargará en el SPE en el marco de los programas a los que el Inciso contribuye. Estos objetivos serán el insumo de vinculación al SNIP y SPA

7.7. Las propuestas presupuestales acordadas en las reuniones serán gestionadas a partir del Sistema de Presentación de Articulado i:SPA) durante el período 15/7 a 15/8. A efectos de habilitar los usuarios responsables del ingreso y envío a MEF-OPP de los artículos propuestos, deberá remitirse nota por parte de la Dirección General de Inciso, a la dirección de correo electrónico unidad. presupuesto@mef.qub.uy en que se identifique nombre, documento, correo electrónico y teléfono y la indicación de si puede remitir propuestas o sólo ingresarlas al sistema.

7.8. Se enviará en la semana próxima lineamientos que debe considerarse a efectos de la redacción de las propuestas.

Compartir