Montevideo, 29 de marzo 2019
A LA OPINIÓN PÚBLICA
El núcleo docente del Liceo N° 4 «Juan Zorrilla de San Martín» ACUERDA PLENAMENTE con la declaración realizada el 27 de Marzo por el Núcleo del Liceo N° 3 «Dámaso Antonio Larrañaga».
COMPARTIMOS: el «ENFÁTICO RECHAZO A LA RESOLUCIÓN TOMADA POR EL CES en relación al sumario iniciado ante las denuncias realizadas en octubre de 2017 CONTRA UN PROFESOR DE EDUCACIÓN FÍSICA que dictaba clases en nuestra Institución y que culminó con una suspensión por 120 días. Los actos denunciados van en contra de todos los principios éticos que históricamente ha defendido nuestro sindicato, los que implican la profesión docente e, incluso, contra los que el propio Consejo dice defender a través de los programas que promueve y las declaraciones que realiza, así como de los derechos fundamentales que está obligado a proteger en función de las leyes y tratados vigentes.
Sabemos que en los casos de esta naturaleza probar las denuncias a veces resulta tarea difícil. Pero no es este el caso, situación que nos indigna aún más. El propio CES reconoce en su resolución (que citamos a continuación) que su investigación pudo dar cuenta de la veracidad del amplio abanico de denuncias recibido y que, por tanto, los derechos de los estudiantes fueron vulnerados:
“que se constató a) un mal relacionamiento existente entre estudiantes y el sumariado que generó un gran malestar, angustia, humillación y vergüenza en muchos de los educandos. Los estudiantes en general toleraron durante mucho tiempo la situación pero cuando se despreció su trabajo, poniendo en riesgo la aprobación de la asignatura reaccionaron en forma organizada denunciando los hechos que no les permitía disfrutar de las clases de Educación Física y dañaba su autoestima. b) respecto a la exigencia en los ejercicios, distintos docentes de la asignatura expresaron que eran excesivos, por lo menos inadecuados para exigirles a todos los estudiantes de igual forma. Por otro lado, la Inspección, en ocasión de evaluarlo, informó carencias para transmitir el conocimiento a los estudiantes, no atendiendo la diversidad. c) que en varias oportunidades el sumariado llamó a la estudiante de nacionalidad siria “Fatmagul” y la incomodó en algunas ocasiones por preguntarle en relación a su cultura. Asimismo surge de las declaraciones que la estudiante de nacionalidad siria le dijo al docente que no la llamara de esa forma. d) dichos con connotación sexual hacia estudiantes. e) que todas las irregularidades administrativas denunciadas fueron probadas: falta de planificación, de evaluación, de pasaje de inasistencias, la no concurrencia a coordinación, etc.”
Ante la gravedad de los hechos, 120 días de suspensión nos parece una sanción leve que, además, no ataca el problema real que revela esta denuncia. Por estos motivos instamos al Consejo de Educación Secundaria a que, tomando en cuenta el principio del interés superior de los y las adolescentes y dando cumplimiento a lo que dispone el Código de la Niñez y la Adolescencia y la normativa internacional que ha ratificado nuestro país, como la Convención Sobre los Derechos del Niño (Nueva York, 1989), no permita que este docente se reintegre a funciones que impliquen el contacto directo con adolescentes, preservando de esta forma sus legítimos derechos».
El Núcleo del Liceo N° 4 frente al conocimiento de que esta persona pretende ejercer la docencia directa en nuestra institución se volverá a reunir la semana próxima a los efectos de evaluar la situación si ésta no presenta cambios.
Núcleo sindical del Liceo Nº 4
ADES Monevideo – FeNaPES – PIT-CNT


